Flash Noticias NA 7/05/2024
Embargos de Sueldos - Nuevos procedimientos a cumplir en el portal de la Autoridad Tributaria
La Autoridad Tributaria y Aduanera de Portugal ha publicado un nuevo procedimiento en su página web para responder a los procesos de embargo de sueldos, con el objetivo de abordar las limitaciones y dificultades que han sido reportadas por los utilizadores en el portal.
¿En qué consiste?
El embargo de un sueldo ocurre como consecuencia de la incapacidad de un empleado para cumplir con una obligación financiera específica, ya sea hacia una entidad pública (Autoridad Tributaria, Seguridad Social, Tribunales y otras agencias estatales) o privada (bancos, empresas de servicios privadas, etc.). Es una forma de cobro coercitivo destinada a reclamar el derecho del acreedor, realizado mediante el embargo judicial de los salarios del empleado.
¿Cuáles son los deberes del Empleador?
Al recibir la notificación del embargo, el empleador debe responder dentro del período especificado y actuar en consecuencia, deduciendo mensualmente el montante del embargo del salario del empleado, de acuerdo con las reglas establecidas y siempre que las condiciones permitan la deducción. Posteriormente, el empleador debe realizar el pago al deudor (Autoridad Tributaria, Seguridad Social, Tribunal, etc.).
¿Cuáles son sus límites?
Según el artículo 738 del Código de Procedimiento Civil, el embargo de sueldos debe cumplir ciertas reglas:
• El embargo se aplica en función del salario neto del empleado, es decir, sus ingresos después de las deducciones legalmente obligatorias;
• La parte embargable se especifica en la notificación, generalmente siendo un tercio o un sexto del salario neto;
• Al aplicar el embargo, el empleador debe asegurarse de que el empleado reciba al menos el equivalente al salario mínimo mensual garantizado, 820,00 euros en el año en curso;
• El montante embargable tiene un límite máximo equivalente a tres veces el salario mínimo garantizado, es decir, 2.460,00 euros en el año en curso [Artículo 738, CPC, 2013].
¿Cómo se calcula?
Basándonos en un salario neto de 1.000,00 euros y cumpliendo con las reglas mencionadas anteriormente, la parte embargable sería de 180,00 euros y la parte no embargable sería de 820,00 euros. Un tercio del salario neto considerado sería de 333,33 euros, sin embargo, esto no garantizaría el salario mínimo mensual garantizado. Considerando una parte embargable de 180,00 euros, ya se garantizaría el salario mínimo nacional en la fecha actual y el monto restante sería embargado.
¿Cuáles son los nuevos procedimientos para adoptar en la emisión de embargos en el portal de la Autoridad Tributaria?
Actualmente para registrar o consultar embargos y emitir guías de pago, debe acceder al área de Empresa, seleccionar "Servicios", buscar "Respuesta a solicitudes" y en el campo "Respuesta a solicitudes - Respuesta a solicitudes de embargos, reconocimiento de bienes y respuesta a solicitudes de información", elegir "Otros Bienes y Derechos".
Verifique los pasos a continuación:
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En Nominaurea, contamos con equipos especializados para asesorar y ayudarle en la respuesta a las notificaciones de embargos que haya podido recibir de sus colaboradores.