Flash Noticias NA 24/01/2025
Actualización de las dietas para 2025 (Presupuestos Generales del Estado 2025)
El 16 de enero se publicó el Decreto-Ley nº 1/2025 que modifica la base retributiva y actualiza las tarifas de retribuciones y dietas de la Función Pública, aunque el sector privado las utiliza como referencia.
En primer lugar, es importante aclarar qué son las dietas, la legislación aplicable y en qué situaciones se abonan.
Las dietas corresponden a una ayuda financiera pagada por el empleador para compensar al empleado por los gastos derivados de los desplazamientos, en Portugal o en el extranjero, en un contexto profesional.
La legislación aplicable a las dietas en el sector privado se basa en el Decreto Ley 106/98, que se aplica a la función pública. No obstante, las empresas son libres de adoptar normas y practicar cuantías diferentes a las establecidas.
Según la legislación, hay dos tipos de viajes por los que se pagan dietas: los viajes diarios (que tienen lugar en un periodo de 24 horas) y los viajes en días sucesivos (que tienen lugar en un periodo de más de 24 horas).
Sin embargo, los trabajadores sólo tienen derecho a esta ayuda para los desplazamientos diarios que tengan lugar a más de 20 kilómetros de su lugar habitual de trabajo y, para los desplazamientos en días sucesivos, a más de 50 kilómetros.
Veamos ahora los valores de referencia para tres categorías: alimentación, transporte y desplazamientos en Portugal o al extranjero, y cuáles serán las actualizaciones con el Presupuesto del Estado para 2025:
• Dieta por comida
Se establece teniendo en cuenta la indemnización por comida en vigor.
Forma de pago | Valor de referencia 2024 | Valor de referencia 2025 |
Dinero | 6.00€/dia | 6.00€/dia |
Tarjeta de comida | 9.60€/dia | 10.20€/dia |
• Transporte
Se establece un precio por kilómetro recorrido, que incluye el combustible, los peajes y el aparcamiento. El importe varía en función del transporte utilizado. Nos centraremos en el uso del coche propio y el transporte público, ya que son los más habituales.
Transporte | Valor de referencia 2024 | Valor de referencia 2025 |
Veículo propio del trabajador | 0.40€/kilómetro | 0.40€/kilómetro |
Transportes públicos | 0.11€/kilómetro | 0.11€/kilómetro |
• Dietas de viaje
En este caso, se establece un importe diario que puede abonarse total o parcialmente, en función de que los desplazamientos sean diarios o de días sucesivos y de las horas de salida y llegada.
O sea:
- Desplazamientos diarios
En este caso y según la legislación, el importe a abonar por parte del empleador tiene en cuenta el periodo del día en el que se produce el desplazamiento:
• 25%. Si cubre, aunque sea parcialmente, el período comprendido entre las 13.00 y las 14.00 horas, para cubrir los gastos de almuerzo
• 25%. Si cubre, aunque sea parcialmente, el período comprendido entre las 20.00 y las 21.00 horas, para cubrir los gastos de la cena
• 50%. En caso de alojamiento (si el trabajador no dispone de medios para regresar a su domicilio antes de las 22.00 horas)
- Viajes en días sucesivos
En este caso, el importe a abonar por parte del empleador depende de la hora de salida y de llegada:
En el día de salida
• 100%. Si la salida tiene lugar antes de las 13.00 horas
• 75%. Si la salida tiene lugar entre las 13.00 y las 21.00 horas
• 50%. Si la salida tiene lugar después de las 21.00 horas
En el día de llegada
• 0%. Si la llegada es antes de las 13.00 horas
• 25%. Si la llegada se produce entre las 13.00 y las 20.00 horas
• 50%. Si la llegada se produce después de las 20.00 horas
Los demás días, el importe se abona al 100%.
La tabla con los valores máximos de referencia para las dietas de viaje en Portugal y en el extranjero es la siguiente:
2024 | 2025 | |||
Viajes nacionales (valor de referencia diario) | Viajar al extranjero (valor de referencia diario) | Viajes nacionales (valor de referencia diario) | Viajes nacionales (valor de referencia diario) | |
Miembros del Gobierno | 69,19 € | 167,07 € | 72,65 € | 175,42 € |
Funcionarios públicos con sueldos superiores al valor del nivel salarial 18 (1.491,25€) | 62,75 € | 148,91 € | 65,89 € | 156,36 € |
Funcionarios públicos con sueldos entre los niveles 18 y 9 (entre 1.491,25€ y 1.017,56€) | 51,05 € | 131,54 € | 53,60 € | 138,12 € |
Otros trabajadores | 46,86 € | 111,88 € | 49,20 € | 117,47 € |
En lo que respecta a la obligación tributaria, a saber, el IRPF. Las dietas no se consideran rendimientos del trabajo dependiente hasta los valores de referencia presentados. Es decir, si el empleador paga al trabajador un importe superior al límite establecido, la diferencia tributará como IRPF a nivel del trabajador y deberá figurar en la nómina.
Concluimos que, como concepto, las dietas en Portugal son esenciales para compensar los gastos imprevistos cuando se viaja por trabajo. Promueven la movilidad y proporcionan cierta equidad a los trabajadores. Sin embargo, hay margen de mejora, especialmente en términos de actualización de los importes, transparencia y simplificación del sistema para hacerlo más justo y eficiente para todas las partes implicadas.
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