Flash Noticias NA 25/03/2025
Impuesto de Sociedades - Aumento de los gastos con seguros de salud para los trabajadores

Los Seguros de Salud son una oportunidad para reducir los gastos fiscales y, al mismo tiempo, ofrecer mejores condiciones a sus colaboradores.

En el marco del acuerdo sobre Valorización Salarial y Crecimiento Económico, firmado entre el Gobierno, se introdujo un aumento de un 20% en el Impuesto de Sociedades (IRC) sobre estos gastos. Esta medida permitirá una reducción de las ganancias gravables, según lo dispuesto en el artículo 43.º, apartado 2 del Código del IRC, beneficiando directamente a las empresas.

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2 de este artículo: “Se consideran igualmente gastos del período de tributación, hasta el límite de un 15% de los gastos de personal contabilizados a título de remuneraciones, sueldos o salarios correspondientes al período de tributación, los sufragados con:

a) Contratos de seguros de accidentes personales, así como con contratos de seguros de vida, enfermedad o salud, contribuciones a fondos de pensiones y análogos o a cualquier régimen complementario de seguridad social, que garanticen exclusivamente el beneficio de jubilación, prejubilación, complemento de jubilación, beneficios de salud posteriores al empleo, invalidez o supervivencia a favor de los trabajadores de la empresa;

b) Contratos de seguros de enfermedad o salud en beneficio de los trabajadores, jubilados o sus familiares.”

Destacamos que los seguros de salud y accidentes personales no se califican automáticamente como rendimientos de trabajo dependiente, y para ser aceptados fiscalmente deben encuadrarse en el artículo 43.º del CIRC. Deben ser establecidos para la totalidad de los trabajadores permanentes de la empresa, según un criterio objetivo e idéntico para todos los trabajadores o en el marco de un instrumento de regulación colectiva de trabajo para las clases profesionales en las que los trabajadores estén incluidos. De este modo, los premios pagados por los seguros (salud, accidentes personales y vida) a favor de los trabajadores solo podrán considerarse dentro del artículo 43.º - Realizaciones de utilidad social, si la empresa ha constituido beneficios idénticos para todos los trabajadores permanentes de la empresa.

Por lo tanto, la constitución de un seguro de salud solo para un trabajador tiene el siguiente encuadre:

- Sujeto a tributación, en el ámbito de la categoría A según lo dispuesto en la letra b) del apartado 3 del artículo 2.º del CIRS;

- Sujeto a seguridad social conforme a la letra a) del apartado 2 del artículo 46.º del Código Contributivo;

- Para la empresa será considerado gasto en el Impuesto sobre Sociedades (IRC), en la medida en que se considere ingreso para el trabajador, estando sujeto a Seguridad Social.

Por último, en el caso de existir un seguro de salud para la generalidad de los trabajadores:

- Para la empresa el gasto es deducible en el Impuesto de Sociedades, hasta el límite del 15% de los gastos con personal y no está sujeto a Seguridad Social;

- Para los trabajadores no está sujeto a IRPF, en el ámbito de la categoría A según lo dispuesto en la letra e) del apartado 1 del artículo 2.º-A del CIRS.

Conclusión

Los seguros de salud para los trabajadores son una excelente iniciativa, tanto para las empresas como para los propios colaboradores. En general, los seguros de salud para los trabajadores tienen muchos beneficios, tanto desde el punto de vista de la salud pública como del bienestar individual y organizacional. Para las empresas, son una forma eficaz de valorar a sus empleados, mejorar la productividad y fidelizar talentos. Sin embargo, es importante que las empresas planifiquen bien este beneficio, asegurando que sea accesible y justo para todos los colaboradores y que se ajuste al presupuesto de la empresa.

En Nominaurea, estamos disponibles para apoyar a su empresa en todos los temas fundamentales para desarrollar su actividad cumpliendo siempre con todos los requisitos legales.

¡Esperamos su contacto!