Flash Noticias NA 19/11/2024
Qué cambios se esperan en Portugal una vez aprobados los Presupuestos Generales de Estado 2025.

El Presupuesto del Estado para 2025, aprobado en su mayor parte el 31 de octubre de 2024, introduce varios cambios significativos en el ámbito fiscal.

A continuación indicamos los principales cambios que introducen los Presupuestos Generales del Estado para 2025:

IRPF

• Importe diario de subsidio de comida: Se incrementa el valor exento de tributación a 10,20 € por día cuando se paga en vales de comida. De este modo, solo el 70% del importe que exceda el límite legal (actualmente 6 €) se considerarán rentas de trabajo.

• Deducción específica (Categorías A y H): Se actualiza la deducción específica para los ingresos de trabajo dependiente y pensiones, equivalente a 8,54 veces el IAS, lo que resulta en un total de 4.349,08 €.

IRPF Joven

Se propone ampliar el régimen fiscal del IRPF Joven, que incluirá las rentas de trabajo, sea dependiente o independiente, de jóvenes hasta 35 años (no dependientes), eliminando la necesidad de haber completado un ciclo de estudios. Para más información, consulte el siguiente enlace:

https://www.nominaurea.pt/pt/noticias/item/portugal-irs-jovem-orcamento-de-estado-2025.html

Trabajadores Autónomos

• IRPF: Se reduce la tasa del 25% al 23% para ingresos de actividades profesionales específicas.

• Pagos a cuenta: La cantidad se reduce al 65% de la fórmula vigente (antes era 76,5%).

Impuesto de Sociedades

• Tasa de Impuesto de Sociedades: Se reduce en 1 punto porcentual, quedando en el 20%. Las pymes y las Small Mid Cap pagarán un 16% (antes, 17%) sobre los primeros 50.000 € de base imponible.

• Tributación Autónoma: Se actualiza de 20.000 € a 30.000 € el límite de coste de adquisición de vehículos para aplicar la tributación autónoma sobre gastos, y se reduce la tributación sobre los costes relacionados con ciertos vehículos.

 OE 2024_ Rangos Tasa Propuesta OE 2025_RangosTasa 
 Inferior a 27.500 € 8,5% Inferior a 37.500 € 8,0%
 Igual o superior a 27.500 € e inferior a 35.000 € 25,5% Igual o superior a 37.500 € e inferior a 45.000 € 25,0%
 Igual o superior a 35.000 € 32,5% Igual o superior a 45.000 € 32,0%

 La tasa agravada de 10 puntos porcentuales no se aplicará si el contribuyente ha obtenido beneficios tributables en uno de los tres años anteriores y ha cumplido con sus obligaciones declarativas.

Beneficios Fiscales

• Incentivo a la Revalorización Salarial: Este incentivo se aplicará con un aumento mínimo del 4,7% en el sueldo base promedio anual por trabajador (antes el 5%). Ya no depende de la ausencia de incremento de la brecha salarial, pero sí requiere un aumento de al menos el 4,7% en los sueldos de los trabajadores que reciben hasta la media de la empresa.

• Costes Salariales: La bonificación aumentará al 200% (antes, 150%), con deducciones de hasta 4.350 € por trabajador (antes, 1.640 €).

Prórrogas de Obligaciones Fiscales

• Comunicación de inventarios valorados: Los contribuyentes estarán exentos de comunicar inventarios valorados desde el 1 de enero de 2024. A partir del 1 de enero de 2025, esta exención también se aplicará a quienes no estén obligados a mantener inventario permanente.

• SAF-T Contabilidad: La entrega del archivo SAF-T (PT) para rellenar los anexos A e I del IES será obligatoria a partir de los períodos de 2026, con entrega en 2027 o después.

• Facturas en PDF: Hasta el 31 de diciembre de 2025, las facturas en PDF seguirán aceptándose como facturas electrónicas a efectos fiscales.

En Nominaurea, contamos con equipos especializados que pueden asesorarle en estas y otras cuestiones fiscales. Esperamos su contacto.

 

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Razvan Ovidiu Mitrica